MEDICO LABORAL
DOCENTES Y NO DOCENTES

Centro Médico: Mitre 323
Horario de atención durante el ciclo lectivo: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00
Auditoría médica de licencias de: Docentes y No Docentes
Solicitudes de Médico a domicilio: Telefónicamente al 442320 del Consejo Escolar
Télefono del área Licencias del Consejo Escolar: 442320
Teléfono del Centro Médico: 422329

ATENCIÓN DEL MÉDICO AUDITOR EN ENERO DE 2012

El Centro Médico auditor de los agentes de la educación (docentes y no docentes) del distrito de Pergamino atenderá durante el mes de enero y hasta el 15 de febrero, inclusive, los miércoles de 10:00 a 12:00.

FORMULARIO PARA LICENCIA POR FAMILIAR ENFERMO MENOR DE 15 AÑOS

Los agentes docentes y no docentes podrán tramitar las licencias por atención de familiar enfermo menor de quince años sin necesidad de llevar al niño a la consulta con el médico auditor siempre que cumpla con la presentación de un formulario especial.

En esos casos los agentes deberán completar el formulario, firmar la declaración jurada y el certificado del médico con membrete del profesional en original. En esta constancia debe estar consignada la fecha de atención, diagnóstico, tratamiento, cantidad de días de reposo solicitado y todo otro tipo de diagnóstico complementario si lo hubiere. Y, además, el documento y último comprobante de haberes (Couli), como siempre exige el Centro Médico.

DESCARGAR: Formulario de Licencia para Atención de Familiar Enfermo.

 

MÉDICO AUDITOR PARA AUXILIARES
 
En Pergamino el médico auditor para el personal docente y no docente del distrito atiende de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 en Mitre 323.
 
Desde el lunes 1º de marzo de 2010 los agentes no docentes de la educación provincial en el distrito de Pergamino cuentan con servicio de auditoría médica laboral, al igual que los docentes.
Los trabajadores administrativos y de servicios comprendidos por las leyes 10.430 y 10.449 que deban ausentarse a los establecimientos educativos donde se desempeñan por motivos de salud deben asistir al Centro Médico de Mitre 323.
En los consultorios constatan el estado de salud de la totalidad de los agentes (o de sus familiares a cargo) que hayan solicitado el uso de alguna licencia médica, y dictaminar en relación al diagnóstico: encuadre y cantidad de días que correspondan, conforme al estado de salud verificado.
En el acto médico en consultorio o en domicilio se auditan las solicitudes de licencias médicas que no requieren de la intervención de una Junta Médica.
En la evaluación médica, y según la causal que motiva la inasistencia, corresponderá el encuadre de la licencia en:
Enfermedad de corta o larga evolución: ARTICULO 49.
Atención de familiar enfermo: ARTICULO 52.
Maternidad: ARTICULO 43.
Donación de órganos o piel: ARTICULO 53.

Los agentes (o  sus familiares a cargo) que puedan deambular deberán concurrir al consultorio médico de la Auditoría Médica Laboral de Mitre 323 el mismo día que comienza la inasistencia, ya que no se justificarán inasistencia retroactivamente, munidos del DNI y último COULI (recibo de haberes).
Sólo podrán acceder a la evaluación médica laboral, para tramitar la justificación de inasistencia retroactiva al día anterior, quienes se desempeñen en turno vespertino o
nocturno y lo acrediten fehacientemente.
El horario de atención del Centro Médico para los trabajadores de la educación pública provincial (docentes y no docentes) desde el inicio del ciclo lectivo es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
En la evaluación médica el profesional auditor emitirá el dictamen para el agente con cantidad de días de licencia a partir de la fecha de solicitud; si se recomienda reposo y el artículo con el que se imputa la licencia.
El artículo 49 se le otorga al agente cuando tiene incapacidad laborativa total y transitoria (ILTT) por patología de corta o larga evolución, que le impida al agente prestar normalmente las tareas asignadas. Los médicos auditores no pueden justificar licencias para la realización de prácticas indicadas por el médico de cabecera, tales como exámenes y estudios en ocasión de la prevención de ciertas patologías; pues en estos casos no hay disminución o afectación de la capacidad laborativa que impida la concurrencia al trabajo.
El artículo 52 se otorga cuando un integrante del grupo familiar padezca patología que no le permita valerse por sí mismo para desarrollar las actividades elementales.
La atención del médico auditor en el domicilio de los agentes en el domicilio es cuando ellos o sus familiares a cargo se encuentran imposibilitados de deambular. Llamando al teléfono 442320 del Consejo Escolar deben solicitar la visita del médico auditor al domicilio particular o accidental. A los domicilios que consignen en esta solicitud irán los profesionales a realizar el control el mismo día.
En los casos que el médico laboral comprueba que quien solicita la atención médica en domicilio y puede deambular procederá a no justificar la inasistencia de ese día. El agente enfermo debe permanecer obligatoriamente en el domicilio y para solicitar la visita del médico auditor al domicilio debe encontrarse imposibilitado de deambular.
Las Juntas Médicas las realiza el Centro Médico y deben evaluar si por el estado de salud de los agentes se reasignarán tareas o reubicación laboral, la capacidad laborativa residual o aconsejar evaluación del grado de invalidez con fines previsionales. Las Juntas Médicas las realiza el agente en la sede del Consejo Escolar de Dr. Alem 399. Una vez cumplimentados todos los requerimientos documentales se remitirán al Centro Médico, que dispondrá la fecha de citación a Junta Médica al organismo educativo que preside Analía Soljan, que se encargará de la notificación al agente y a los establecimientos educativos en los que se desempeña el interesado.
 
 
 
CONSEJO ESCOLAR PERGAMINO, 25 de febrero de 2010.

Vuelve el médico laboral para docentes

 

El lunes 26 de octubre comenzó la atención en el centro médico de Mitre 323 (Instituto de Especialidades) a cargo del psiquiatra Leonardo Bustos.

Los docentes deberán concurrir en el horario de 9 a 13:30 los días que se ausenten a su lugar de trabajo.

A partir del lunes 26 de octubre se reinicia el servicio médico laboral para el personal docente en el ámbito del distrito de Pergamino, según lo informado por el Consejo Escolar.

El control de ausentismo por causales de enfermedad a los docentes se realizará de lunes a viernes de 9:00 a 13:30 en el Instituto de Especialidades (ex Instituto del Tórax) de Mitre 323 (entre Dr. Alem y Alberti). En los consultorios de este centro médico, que estará a cargo del doctor Leonardo Bustos, se atenderán licencias médicas ambulatorias de los docentes que padezcan una enfermedad o de sus familiares.

Si las patologías les impiden a los agentes acercarse al centro, éstos deben solicitar atención médica a domicilio telefónicamente al Consejo Escolar al número 442320 en el horario de 9:00 a 13:00.

El teléfono del Centro Médico de Mitre 323 es: 422329.

 

Especificaciones del control de ausentismo

 

Las licencias medicas no se otorgarán con retroactividad, a excepción de licencias pedidas por atención de salud fuera del distrito, siempre y cuando den parte de aviso al centro médico (en este caso al regreso tendrán que presentar documentación como, por ejemplo, certificado médico que corrobore atención en otra ciudad y debe estar firmado y sellado por una entidad pública).

Los docentes pueden ser examinados por el médico laboral, si así lo requieren; pero en ningún caso estos profesionales de control de ausentismo pueden recibir ordenes de IOMA ni emitir recetas de la obra social ni de ninguna otra índole. El médico puede solicitar estudios para evidenciar la patología que declara el agente. No puede brindar un tratamiento.

En caso de licencia por atención de familiar enfermo el docente tendrá que concurrir al centro médico en compañía del familiar para constatar la patología, o bien llevar certificado médico con constancia de la misma y demostrar que es el único familiar que se encuentra a su cuidado, caso contrario no se justificara la licencia.

El servicio a domicilio es estrictamente para corroborar ausentismo, no es servicio medico a domicilio.

Los controles a domicilio que primero se efectuaran serán los docentes internados en las Instituciones Medicas de la ciudad.

Los docentes que pidan licencia a domicilio particular primero tendrán que comunicarse por vía telefónica con el Consejo Escolar y posteriormente con médico laboral. El servicio se llevará a cabo y se justificará cuando se compruebe que el docente no pueden deambular o valerse por sus propios medios.

Los docentes que vivan fuera de la ciudad de Pergamino deben contactarse telefónicamente al centro medico.

 

Prestataria del servicio

 

El Consejo Escolar de nuestra ciudad da a conocer los puntos importantes de la Circular N ° 02/09 de la Dirección de Salud Laboral de la Dirección General de Cultura y Educación.

Este documento oficial establece que la prestataria privada "DIENST Consulting SA" resulta adjudicada de la Licitación N ° 04/08. En nuestra ciudad el centro médico acreditado tiene sus consultorios en Mitre 323 y su atención está a cargo del doctor Leonardo Bustos en el horario de 9 a 14:00.

Para el trámite de licencia ambultoria o para atención de familiar enfermo el agente solicitará la misma dirigiéndose directamente al centro médico habilitado, con DNI y copia de COULI, donde una vez evaluado por el médico auditor se le hará entrega de la respectiva constancia (carpeta médica).

Las solicitudes de licencia médica a domicilio serán recepcionadas en la sede del Consejo escolar y remitidas por medio del sistema informático RUAMeL al servicio médico laboral.

 

 

CONSEJO ESCOLAR PERGAMINO, 23 de octubre de 2009.